Sucesiones y donaciones 2020 en Canarias: llegan cambios en materia de impuestos
Hace unas semanas conocimos la noticia de los cambios que vendrán en materia de Sucesiones y donaciones 2020 en Canarias. El llamado Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) será uno de los tributos en modificarse a partir del próximo 1 de enero, a lo que se suman alzas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). Para que estos cambios no te pillen desprevenido, en este post queremos analizar a grandes rasgos qué novedades traerá el próximo ejercicio en cuanto a tributos y cómo pueden influir en la gestión de tu patrimonio.
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El punto de partida normativo lo encontramos en las modificaciones que se llevaron a cabo en Sucesiones y donaciones en 2008. En aquel momento se pactó una reducción de este impuesto que lo llevó a ser prácticamente nulo en un gran número de casos, con una bonificación del 99,9% de la cuota tributaria en la ley de presupuestos de ese año.
Sin embargo, el pacto que sustenta el actual Gobierno de Canarias, presidido por el socialista Ángel Víctor Torres y conformado por PSOE, Nueva Canarias, Sí Podemos y la Agrupación Socialista Gomera, ha decidido ahora revisar al alza esta figura impositiva en algunos supuestos (que veremos), así como elevar el IGIC del 6,5% al 7% y subir los tramos altos del IRPF para obtener unos 73 millones de euros con los que financiar las políticas sociales comprometidas.
Sucesiones y donaciones 2020 en Canarias: ¿Cómo quedará el impuesto?
La realidad es que las cosas cambiarán poco en materia de Sucesiones y donaciones 2020 en Canarias para la mayoría de los ciudadanos. En concreto, se calcula que el 80% de las herencias no se verán afectadas por el alza que vendrá.
Según la nueva regulación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Canarias, la exención de la cuota para cada contribuyente por las herencias y donaciones recibidas (99,9%) quedará limitada a partir del 1 de enero a los 300.000 primeros euros.
Entre 300.000 y 350.000 euros habrá una bonificación del 90% de la cuota tributaria, y por cada incremento de 50.000 euros se aplicará un 10% menos de bonificación. A partir de que la donación o herencia supere 1,2 millones de euros desaparece la bonificación.
Por tanto, se establece un sistema más progresivo, pero que seguirá manteniendo bajo el paraguas de una exención casi total a la mayoría de los ciudadanos.
En cuanto a los parentescos, el Gobierno de CC había incluido en el presupuesto aún vigente la extensión de la bonificación de Sucesiones y Donaciones para el grupo III, en el que están incluidos los tíos, sobrinos y primos. A partir del 1 de enero de 2020 seguirá bonificado el grupo I, en el que se incluye a los herederos que sean hijos y adoptados menores de 21 años. La modificación se extiende a los grupos II -cónyuges, padres e hijos- y III, con cuotas progresivas, como hemos visto, a partir de 300.000 euros.
Por otro lado, los cambios fiscales en Canarias a partir de 2020 afectarán también al IRPF, aunque sólo a las rentas más altas: el tipo marginal ascenderá del 24% al 25% para las rentas de 90.000 a 120.000 euros y del 24% al 26% para las rentas de más de 120.000 euros.
En cuanto al tipo general del IGIC, que fue subido del 5% al 7% en 2012 por CC y PSOE y rebajado en 2019 del 7% al 6,5% por CC y PP, el actual Gobierno de Canarias ha decidido recuperar el nivel del 7% desde el 1 de enero próximo.
También se incrementará del 3% al 7% el IGIC para las telecomunicaciones y del 0% al 3% el IGIC a la entrega de energía eléctrica, excepto para el consumo doméstico.
Por otro lado, el IGIC de los bienes suntuarios subirá del 13,5% al 15% a partir del 1 de enero.
Otros incrementos fiscales incluidos en el proyecto de presupuestos son una subida del Impuesto a las Labores del Tabaco a los cigarrillos rubios y a la picadura de liar, y un aumento de las tasas del juego a las máquinas recreativas.
Asimismo, en las deducciones por gastos médicos se establecen topes y solo se aplicarán a las rentas individuales de menos de 39.000 euros o conjuntas de menos de 52.000.
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: ¿Debo donar antes de 2020?
Frente a cualquier cambio normativo en materia de impuestos se vuelve especialmente recomendable contactar con un abogado de cara a conocer de qué forma es mejor gestionar tu patrimonio. En este caso, las modificaciones que vendrán en cuanto a sucesiones y donaciones pueden hacer recomendable, según el caso, llevar a cabo donaciones antes de que comience a aplicarse el nuevo régimen normativo.
Actualmente, tanto si se produce una herencia como una donación en Canarias, el sujeto pasivo es el mismo: la persona que adquiere, hereda o recibe mediante donación una vivienda. Y en este contexto, Canarias es, por ahora, una de las comunidades autónomas en las que más ventajoso resulta recibir una herencia o una donación. Esta situación promete cambiar especialmente para los grandes patrimonios a partir del 1 de enero de 2010.
Hay que tener en cuenta que la fiscalidad aplicable a las donaciones se conoce en el momento de realizarlas. Sin embargo, la aplicable a las herencias sólo podremos conocerla en el momento del fallecimiento. Además, una donación en vida permite ayudar a nuestros familiares (hijos, etc.) y mejorar su situación económica, a lo que se suma que su configuración permite realizar muchas modificaciones (por ejemplo, imponer determinadas condiciones a cambio de la donación, reservarse algún derecho sobre la vivienda donada -como el usufructo- etc.).
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