¿Pueden obligarme a hacerme un test de coronavirus?
En estos días son muchas las personas interesadas en pasar por el test del coronavirus para salir de dudas y medir las implicaciones de relacionarse con sus amigos y familiares. Sin embargo, hay quien prefiere no pasar por este trámite, negándose a hacerse un test incluso aunque se le requiera. ¿Es esto posible? ¿Pueden obligarme a hacerme un test de coronavirus? Una reciente resolución judicial dictada en Las Palmas da repuesta a esta duda.
Test de coronavirus: ¿Pueden obligarme a hacerlo?
La respuesta es que sí, o al menos así lo estima el titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Las Palmas, que ha autorizado el sometimiento forzoso a la prueba de la covid-19 de un varón de 80 años residente en un centro para mayores de Arucas (Las Palmas), ante su negativa a someterse al test y “empleando para ello la fuerza mínima indispensable o el medio menos invasivo posible”.
El magistrado Ángel Teba dictó hace unos días el auto que estima las petición formulada por la coordinadora del Centro Sociosanitario de Arucas para que se obligue a hacerse la prueba del coronavirus a un interno que, si bien no está incapacitado por orden judicial, presenta un trastorno paranoide de la personalidad y no accede a que le hagan el test.
La autoridad judicial explica que la negativa del interno “compromete su propia salud y la del resto de residentes, trabajadores o visitantes del centro (…), siendo público y notoria la perentoriedad en la realización de las pruebas diagnósticas del virus a fin de combatir la propagación incontrolada de aquel, particularmente en un centro de mayores”.
Además, resalta que «la medida solicitada es razonable, proporcional y justificada por las circunstancias, sin que las pruebas diagnósticas tengan una entidad invasiva que pudiera justificar la denegación de lo solicitado». Pruebas que, «en todo caso, deberán efectuarse empleando para ello la fuerza mínima indispensable o el medio menos invasivo posible».
¿Pueden obligarme a hacer el test de Covid-19 en el trabajo?
También en este caso la respuesta es afirmativa: la realización de test para verificar si los trabajadores de una empresa están afectados por el Covid-19 se justifica por la necesidad de evitar un peligro para ellos mismos, para el resto del personal o para otras personas relacionadas con la empresa. Por tanto, constituye una medida amparada por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales que la normativa de protección de datos no debe obstaculizar, y que puede adoptarse sin necesidad de contar con el consentimiento explícito del afectado.
El inicio de la desescalada plantea dudas en este sentido, dado que la actividad laboral vuelve a activarse y se habla, por ello, de la posibilidad de comenzar a hacer test masivos de coronavirus en las empresas. Sin embargo, debe medirse con cuidado en qué casos se pueden realizar estos test sin vulnerar la legalidad.
En este caso confluye la protección de dos derechos: la integridad y la vida, de un lado, y la protección de la intimidad, de otro. Las empresas tienen que cumplir con las directrices del Ministerio de Sanidad, que establece que para hacer estas pruebas hace falta contar con prescripción médica y con el visto bueno de la autoridad competente en cada comunidad autónoma. De hecho, el ministerio no recomienda hacer estos test a personas asintomáticas.
Aun así, la legislación vigente permite a las empresas obligar a sus empleados a someterse a uno de estos test (artículo 22.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales), pero solo cuando pueda constituir «un peligro para él mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa». Para tomar una medida de este tipo habrá que asegurarse de que ésta cumpla con los criterios de idoneidad, necesidad, proporcionalidad y transparencia. En cualquier caso, realizar test masivos debe considerarse una medida excepcional.
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