Luz verde a la reforma de la Ley Hipotecaria y la del Catastro: más funciones para notarios y registradores

Luz verde a la reforma de la Ley Hipotecaria y la del Catastro: más funciones para notarios y registradores

A lo largo de la crisis, la Ley Hipotecaria ha experimentado toda una serie de cambios destinados, en mayor o menos medida, a ofrecer más garantías a los deudores hipotecarios en caso de ejecución hipotecaria por impago –entre otros casos- y a acotar las cantidades por las que se permite la subasta de la vivienda en caso de acabar en este proceso. Ahora, el Congreso de los Diputados acaba de aprobar de forma definitiva una nueva reforma de este texto, además de nuevos cambios en la Ley del Catastro Inmobiliario. Con estos retoques, entre otras cosas, mejora la coordinación entre Catastro y Registro de la Propiedad con el objetivo de evitar discrepancias en la inscripción de las fincas, creando una sola identificación para ellas.

El objetivo, en este caso, tiene menos que ver con la coyuntura económica y con cómo afecta ésta a los ciudadanos, y más con la necesidad de introducir eficiencia en este ámbito. Así, según el Gobierno, al permitirse el intercambio de datos entre el Catastro y el registro, se evitarán nada menos que 22.000 declaraciones presenciales al año, con un ahorro de unos 1,8 millones de euros.

Las novedades también tocan de cerca de la Iglesia, que perderá la posibilidad que tiene desde 1998 de inmatricular bienes por el procedimiento especial. Este régimen pasará a quedar reservado a las administraciones públicas y no exigirá título de dominio -es decir, un documento que acredite su propiedad-. De este modo, desaparece la facultad de la Iglesia Católica de que, con una sola certificación, pueda inscribir a su nombre por primera vez un bien. Se trata de una modificación que entrará en vigor al día siguiente de la publicación de la ley: el proyecto de ley, por el contrario, daba una vacatio legis de un año que finalmente no se aplicará, fruto de la presión de PSOE e Izquierda Plural hacia el Partido Popular.

Más agilidad entre Catastro y Registro

Pero sin duda el gran pilar de la reforma es la futura comunicación entre Catastro y Registro. Ello permitirá que la transmisión de cuotas de participación en la titularidad de un inmueble se pueda comunicar al Catastro por los propios notarios y registradores, aunque no se afecte la totalidad del inmueble. A ello se suma que se desjudicializan los procesos de concordancia entre Registro y realidad extraregistral, de modo que notarios y registradores serán los responsables de los expedientes de inmatriculación de fincas, rectificación de superficie, incorporación de bases gráficas, deslinde, reanudación de tracto, duplicidad de inscripciones y liberación de cargas. Se trata de nuevas atribuciones para ambos sectores.

Del mismo modo, la Ley da acceso a los registradores de la propiedad a los planes urbanísticos, generales y de desarrollo y a las modificaciones posteriores que se aprueben definitivamente, de todos los municipios españoles. Es más, los registradores podrán suspender una inscripción cuando tengan una «duda fundada» sobre la posibilidad de que el acuerdo de deslinde «encubra un negocio traslativo u operaciones de modificación de entidad hipotecaria».

Valor catastral más realista

Otro pilar de la reforma toca el terreno económico: la nueva Ley prevé que la ubicación de los suelos rústicos calificados como urbanizables pero que no cuentan con un planeamiento urbanístico pormenorizado sea tenida en cuenta a la hora de aprobar su valor catastral, que es muy inferior al de los bienes inmuebles urbanos.

Se trata de «conseguir una adecuada valoración» de los suelos clasificados como urbanizables, en respuesta a un fallo del Tribunal Supremo de 30 de mayo de 2014, que ratificó que los suelos urbanizables sin plan parcial aprobado siguen siendo rústicos, lo que supone que unos 900.000 bienes inmuebles que estaban considerados como bienes de naturaleza urbana deben ser considerados como bienes de naturaleza rústica. Así, la reforma hará que modifique al alza la factura de impuestos como el IBI de cara al próximo año, dado que la posibilidad de urbanizar el terreno se tendrá en cuenta a la hora de fijar el valor catastral.

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