Teletrabajo: las 9 claves de la nueva Ley de trabajo a distancia
Una de las grandes novedades normativas de los últimos días es la publicación del Real Decreto-Ley que regula el trabajo a distancia, una norma negociada hasta el último momento entre el Ejecutivo, la patronal y los sindicatos que especifica en mayor medida de qué forma debe desarrollarse el trabajo a distancia en España. Te contamos cuáles son las principales claves de esta nueva norma y cómo influirán en la relación entre trabajador y empresario.
Claves de la Ley de trabajo a distancia
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El trabajo a distancia se define como aquel que se realiza fuera de los establecimientos y centros habituales de la empresa. Se considera que el teletrabajo es una subespecie que implica la prestación de servicios con nuevas tecnologías.
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Para que se considere que existe teletrabajo, el empleado debe ejercer fuera de la oficina al menos un 30 por ciento de su jornada laboral durante un periodo de 3 meses, lo que supone algo más de un día y medio de teletrabajo cada semana. Es en estos casos en los que se aplicará la normativa sobre teletrabajo.
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El trabajo a distancia debe surgir como fruto de un acuerdo voluntario entre ambas partes, e individualizado con cada trabajador. Además, será un acuerdo reversible: la norma remite a la normativa sobre negociación colectiva en cuanto al procedimiento y criterios para hacer reversible ese acuerdo.
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Se especifica que es responsabilidad de la empresa cubrir los gastos relacionados con equipos, medios y herramientas relacionadas con la actividad laboral, así como su mantenimiento, emplazando a empresario y trabajadores a definir en qué términos, también a través de la negociación colectiva.
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Se deja claro (aunque ya existía esta previsión) que el trabajador que trabaja a distancia tiene idénticos derechos con respecto a los que desempeñan su labor en la oficina. Por ejemplo, en cuanto al derecho a la desconexión, a la formación, a la promoción profesional, a la protección de la salud… También existen las mismas obligaciones, incluyendo el registro de jornada.
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La norma aborda todo lo relativo a la prevención de riesgos laborales: se debe realizar una evaluación de riesgos teniendo en cuenta cada modalidad de trabajo, especialmente en cuanto a factores psicosociales, ergonómicos y organizativos.
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La norma analiza también los derechos de las personas trabajadoras en relación con su derecho a la intimidad y el uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral, protección de datos y derecho a la desconexión digital, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos.
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La norma establece ciertas limitaciones en relación con supuestos concretos, como los menores y los contratos formativos. En el primer caso, la vulnerabilidad, las necesidades de formación y descanso y la especial susceptibilidad a los riesgos vinculados con esta forma específica de organización (fatiga física y mental, aislamiento, problemas de seguridad y de acoso en el trabajo) aconsejan que en dicho colectivo se establezcan limitaciones que garanticen un mínimo de tiempo de presencia en los mencionados acuerdos de trabajo a distancia. Respecto de los contratos formativos, exigen las cautelas y limitaciones necesarias para garantizar el cumplimiento de su objeto, ya sea la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursado, ya la obtención de una cualificación profesional, bajo la adecuada y suficiente supervisión de la empresa.
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La norma presta especial atención al papel de la negociación colectiva, especialmente de cara a aspectos como la definición de las tareas y actividades susceptibles de trabajo a distancia, los criterios de preferencia en el acceso a esta modalidad, el ejercicio de la reversibilidad, los distintos derechos de contenido económico asociados a esta forma de prestación y organización, el contenido del acuerdo e incluso los porcentajes de trabajo a distancia a los efectos de definir en sectores profesionales específicos lo que se considera trabajo a distancia regular.
Si tienes dudas sobre cómo implantar el teletrabajo en tu empresa o eres un trabajador y te gustaría negociar trabajar a distancia, ponte en contacto con nuestro equipo de abogados en Las Palmas.