Conducir bajo los efectos del cannabis: ¿Qué valor tiene el test de drogas?

Conducir bajo los efectos del cannabis: ¿Qué valor tiene el test de drogas?

Hoy comentamos una curiosa sentencia que analiza qué valor tiene el test de drogas en carretera cuando se trata de detectar en cannabis y si éste indica siempre que el sujeto al que se le realiza el test condujo bajo los efectos de esta sustancia. Se trata de un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, en el que se declara improcedente el despido de un conductor de autobús que dio positivo en cannabis en el test de drogas tras un accidente en el que falleció un motorista.

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La sentencia, con fecha de 22 de marzo de 2019, es cristalina: el simple hecho de dar positivo no prueba que se condujera bajo los efectos del cannabis, «a diferencia de lo que ocurre con el alcohol».

Y es que, tal y como recoge la sentencia, el hecho de que nadie -ni el compañero de trabajo del conductor ni los agentes policiales- detectara un comportamiento extraño en el conductor, supone que el Tribunal tendría que basarse únicamente en el resultado de la prueba de drogas para determinar que el conductor conducía bajo los efectos del cannabis. Y esta prueba, por sí sola, resulta insuficiente.

Además, a ello se suma que, dado el tiempo que dura el THC en el cuerpo, el empleado podría haber consumido la sustancia en su tiempo libre.

«El uso del cannabis produce alteraciones a corto y largo plazo, como se recoge en el informe de la OMS al que se hace referencia en el hecho probado decimotercero, y en esto no se distingue del consumo de alcohol, sustancia mucho más conocida por el común de las gentes, lo que nos permite a todos saber que el consumo abusivo de alcohol produce efectos nocivos a largo plazo y que a corto plazo produce también efectos incompatibles con la conducción, pero ello no significa que el consumo de alcohol durante el tiempo libre sea incompatible con la conducción de vehículos a motor al día siguiente, salvo casos excepcionales. No tenemos ningún elemento de juicio para establecer que con el cannabis ocurra cosa distinta y el perito que declaró en el acto de juicio, cuyas afirmaciones han sido recogidas con valor fáctico dentro de los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida, explicó con claridad que mientras los efectos del THC pueden perdurar un máximo de 14 horas, la presencia de THC en sangre puede detectarse hasta 10 días después del consumo».

Así, el simple resultado positivo es insuficiente para acreditar que se encontraba bajo los efectos de esta droga, concluye la sentencia

El valor del test de cannabis 

En la sentencia, que recoge elEconomista, se declara probado que el día anterior al accidente el conductor estaba de libranza. En este sentido, consumir cannabis en esa jornada «no está prohibido por el laudo arbitral para las empresas de transporte de viajeros por carretera», explica la sentencia. Tampoco las reglas internas de la empresa indican nada al respecto, si bien advierten de las consecuencias de conducir bajo los efectos de este tipo de sustancias. Pero nada se dice sobre su uso en días libres. 

«Debemos advertir que no se sanciona al trabajador por haber consumido marihuana en su tiempo libre y si así fuera deberíamos rechazar la imputación porque no existía ninguna prohibición en tal sentido. La entrega de una copia a los trabajadores de las llamadas «reglas de oro», publicadas en la página web de la empresa y por tanto, destinadas al conocimiento del público en general, no puede considerarse una comunicación al trabajador de la existencia de una prohibición de consumir alcohol u otras sustancias tóxicas en su tiempo libre y de que la transgresión de esta prohibición sería sancionada con despido.

Y además, en la segunda «regla de oro» transcrita en los hechos probados no se hace alusión alguna al consumo de alcohol u otras sustancias tóxicas o estupefacientes fuera de la jornada laboral sino a los efectos de estas sustancias durante la realización del trabajo encomendado.

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