Derecho al honor: ¿Es legal llamar a una empresa “morosa” en una pancarta?

Derecho al honor: ¿Es legal llamar a una empresa “morosa” en una pancarta?

En Ilisástigui Abogados nos esforzamos por mantenerte al día en la noticias legales que te afectan. Para que conozcas tus derechos y los límites legales que se aplican a tu vida diaria, a tus relaciones laborales o a tu empresa. Por eso hoy te comentamos una sentencia interesante que se ha convertido en noticia. Se trata de una sentencia en materia laboral, recogida por la agencia EFE, en la que una jueza de Alicante ha sentenciado que llamar “morosa” y “explotadora” a una empresa en una pancarta está amparado en el derecho de libertad sindical.

En el fallo, la jueza ha desestimado una demanda de la mercantil Bonnysa Agroalimentaria, una de las principales comercializadoras de tomate en España, que reclamaba 6.000 euros de indemnización a la Confederación General del Trabajo (CGT) al considerar vulnerado su derecho al honor porque se había instalado una pancarta con el lema “Bonnysa, morosa, explota, cobra y no paga”.

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Libertad de expresión vs. derecho al honor

“Examinada la jurisprudencia, la libertad de expresión y de información debe primar sobre el derecho al honor, siempre que las informaciones que se den en el ejercicio de la libertad sindical sean veraces y no se empleen palabras o expresiones gravemente injuriosas o vejatorias”, establece la resolución judicial. Los hechos se remontan al 21 de noviembre de 2015, cuando CGT desplegó frente al edificio de la Diputación de Alicante, en la céntrica avenida de la Estación de esta ciudad, una pancarta en la que podía leerse: “Bonnysa, morosa, explota, cobra y no paga”.

El sindicato pretendía denunciar con esta acción los impagos por parte de la mercantil de la parte proporcional de pagas extras y de beneficios que, a su juicio, debía cobrar todo empleado enfermo mientras durase su baja en función del convenio colectivo entonces vigente. Sin embargo, Bonnysa interpuso una demanda contra un delegado de CGT en la empresa y contra la propia organización sindical al entender que las expresiones de la pancarta eran “vejatorias y degradantes”, lesionaban su honor y la difamaban, pues le atribuían “censurables prácticas de explotación e impago”.

Por el contrario, la titular del Juzgado de Primera Instancia 4 de Alicante, Beatriz Escobar, rechaza en su fallo, que puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial, que el contenido de la pancarta pueda ser calificado “de gravemente injurioso”, pues las expresiones “morosa”, “explota” o “no paga” resultan “justificadas” en el ejercicio del derecho a la libertad sindical.

La magistrada recuerda que existía un conflicto laboral en Bonnysa sobre el pago de determinados complementos y derechos en las nóminas de los trabajadores con incapacidad temporal que ha desembocado en multitud de demandas y resoluciones judiciales, la mayor parte de ellas favorables a los empleados. A su juicio, en el marco de dicha controversia, “redactar una pancarta en esos términos es una manifestación del derecho a la libertad sindical para denunciar una situación que los trabajadores consideran injusta”.

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