¿Hacer públicos los nombres de los defraudadores a Hacienda? El CGPJ da su visto bueno
¿Es conveniente hacer público el nombre de las personas que defraudan a Hacienda, o puede vulnerar sus derechos al honor, a la intimidad y a la protección de datos? A esta pregunta ha tratado de dar respuesta el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a través de su informe de valoración de la reforma de la Ley General Tributaria propuesta por el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.
En ella se prevé dar a conocer los nombres de aquellas personas condenadas, mediante sentencia firme, por un delito en el que el perjudicado haya sido la Hacienda Pública. La respuesta del órgano ha sido favorable a Hacienda: el “interés general” prevalecería, en estos casos, sobre ciertos derechos individuales del condenado, por lo que, si no hay cambios de última hora, el ‘anonimato’ en este tipo de delincuencia tiene los días contados.
División entre los vocales
Es el resultado de la votación del Pleno –extraordinario- del CGPJ, que se produjo a principios de esta semana, y que ha mantenido divididos a los vocales. De hecho, el presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, tuvo que hacer uso de su voto de calidad para sacar adelante la valoración del Anteproyecto. Finalmente, el texto logró salir adelante, con un total de diez vocales en contra y un voto en blanco.
El debate jurídico giró en torno a dos ejes: de un lado, tal y como reconoce el propio informe, esta medida “puede suponer un gravamen para la persona condenada susceptible de afectar a sus derechos individuales al honor, intimidad y protección de datos”. De otro, la publicidad de las sentencias condenatorias a través del Boletín Oficial del Estado (BOE) “en gran medida, sirve de lucha contra el fraude fiscal, configurándose como un elemento preventivo y educativo”, añade el documento.
Finalmente el órgano de gobierno de los jueces se ha decantado por que prevalezca la publicidad de las sentencias para garantizar su función de informar. Así, si el Anteproyecto pasa su trámite parlamentario manteniendo su redacción actual, se establecerá el carácter público de los fallos y la publicación de un extracto de éstos en el BOE.
Reducir el fraude contra Hacienda
Según el Gobierno, la futura nueva legislación tiene como objetivo principal impulsar la lucha contra el fraude contra Hacienda, “incentivando el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias” al tiempo que se incrementará “la transparencia en la actuación de las Administraciones Públicas y especialmente, de las actuaciones judiciales”.
En este sentido, el informe sostiene que “puede decirse que la regulación proyectada sirve a un interés general, dado que con ella se pretenden alcanzar determinados objetivos amparados constitucionalmente, y que no se proyecta sobre toda condena penal, sino sobre aquellas referidas a fraude fiscal”.
El documento añade que tal publicidad “solo afecta a los delitos que tienen una incidencia clara y manifiesta en el cumplimiento del deber constitucional”, es decir, los delitos de alzamiento de bienes, insolvencia punible o contrabando, cuando tienen como perjudicado a la Hacienda Pública.
Además, el texto elaborado por el CGPJ recuerda que la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos, excluye la necesidad de consentimiento del afectado para la recepción y tratamiento de los datos cuando éstos figuren en fuentes accesibles al público o cuando su comunicación esté autorizada por la Ley.
Eso sí, el informe retira la posibilidad -que contenía la propuesta- de que la medida sea de aplicación a las sentencias que se dicten tras su entrada en vigor. Finalmente, se ha optado por que afecte únicamente a los delitos que se cometan con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica.