4 novedades que tienes que conocer sobre la nueva Ley de Patentes

4 novedades que tienes que conocer sobre la nueva Ley de Patentes

Casi dos años después de su aprobación, el pasado 1 de abril entró en vigor la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, inspirada en el Convenio de Patente Europea (CPE) y que deroga a la hasta ahora vigente de 1986, colocando a España al mismo nivel regulatorio que el del resto de países vecinos. Se trata de una reforma completa y de gran calado y relevancia, que supondrá importantes cambios en la forma en que se conceden patentes en España. Nada de parches: hablamos de un nuevo marco que obligará a los inventores a adaptarse a un nuevo sistema.

Entre sus principales novedades se encuentra la modernización de la representación profesional ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), el nuevo examen de solicitud de patente y demás elementos que pretenden proteger la propiedad intelectual de emprendedores o investigadores en mayor medida, de acuerdo a los métodos que ya se utilizan en Europa.

Eso sí, debido a la profundidad de la reforma de que se trata -pues se ha llevado a cabo una revisión completa de los elementos configuradores del marco legal de las patentes en España-, se ha aprobado un régimen transitorio para la tramitación de las solicitudes de patente pendientes hasta la fecha.

Novedades de la nueva Ley de Patentes

La Ley 24/2015 supondrá una importante reforma en el marco regulatorio de patentes. Aquí destacamos cuatro de las novedades más relevantes que podremos encontrar:

  1. Examen previo. Se modifica el procedimiento de solicitud y concesión de patentes, reduciendo cargas administrativas y acelerando procedimientos. Será necesario pasar un examen previo en el que se comprobarán los requisitos técnicos y formales exigidos para que se pueda tramitar la patente correctamente. De esta forma, se introduce una nueva obligación, ya que este examen era hasta ahora era opcional. El resultado es la implantación de un procedimiento único que verificará de oficio la novedad y actividad inventiva, lo que aportará mayor seguridad jurídica y dará a quien presente la patente cierta presunción de validez.
  2. Nuevos usos. La nueva norma sobre patentes introduce la posibilidad de patentar sustancias y composiciones ya conocidas para su uso como medicamento o nuevas aplicaciones terapéuticas. En este sentido, el requisito de “novedad” exigible a cualquier patente se cumplirá en estos casos cuando se haya encontrado un uso terapéutico para esa sustancia.
  3. Invenciones laborales. Pasan a denominarse invenciones realizadas en el marco de una relación de empleo o de servicios, y se reduce además el plazo de comunicación por escrito del descubrimiento, por parte del empleado al empleador de 3 a 1 mes.
  4. La aparición del examen previo supondrá también un incremento del precio para obtener la patente. Además, las tasas que hay que abonar para obtener el Informe sobre el Estado de la Técnica (IET) deberán pagarse en el momento de presentar la solicitud, adelantándose con respecto a lo que sucedía con la norma de 1986. Eso sí, la nueva Ley ha introducido una serie de reducciones económicas, por ejemplo, para emprendedores y pymes, que contarán con una rebaja del 50% de la tasa de solicitud, IET, examen y de la 3ª, 4ª y 5ª anualidad. Las universidades, sin embargo, tendrán que pagar tasas cuando hasta ahora no tenían que hacerlo, aunque con una bonificación del 50% en las tasas abonadas para la obtención y mantenimiento de la patente.

Con este nuevo modelo se pretende reforzar la figura legal de la patente, lo que en opinión del legislador conllevará importantes beneficios de cara a un mercado competitivo, evitando monopolios injustificados, así como para la Administración, que disminuirá la importante carga de solicitudes de patentes que finalmente tendrían que ser desestimadas.

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