Mi padre falleció hace unos dieciocho meses, desde hace años vivía con otra mujer sin estar separado legalmente de mi madre, solo se separaron de hecho. Antes de fallecer hizo testamento legando a sus hijos lo que por ley corresponda, y en el remanente instituye heredera universal de todos sus bienes a la persona con la que convivía. Mi pregunta es ¿Que significa ese reparto?
Su padre le ha dejado a usted y a sus hermanos la legítima, que en este caso asciende a dos tercios de los bienes de la herencia (tercio de estricta y tercio de mejora), a la señora que convive con él le ha nombrado heredera universal, pero solo le corresponde un tercio de la herencia (tercio de libre disposición), a su madre no la nombra en el testamento, por que al encontrarse separado no tiene derecho a la cuota viudal usufructuaria.