si mis padres no han hecho testamento al fallecer que tramites hay que realizar para el declaratorio de herederos y la aceptación de la herencia. Es muy costoso.
Cuando se trata de declaratorio de herederos de ascendientes, descendientes o bien de cónyuge, la tramitación del Acta de Notoriedad se autoriza ante un Notario que sea hábil en donde radica el último domicilio del causante, por ejemplo: Si el último domicilio fue en Arucas, el Notario hábil lo será el que lo sea en Arucas.
Hay que aportarle al Notario el certificado de defunción y de última voluntad del causante, Libro de Familia y en su defecto partida de matrimonio y de nacimiento de todos los hijos, además de la prueba testifical de dos personas que manifiesten que conocían al causante y que son ciertos los datos que figuran en el Acta.
En cuanto a los gastos que pudieran producirse por razón de la aceptación de la herencia todo depende de los valores de los bienes a adjudicar y del número de herederos