Vivienda unifamiliar de nueva construcción, como proceder cuando la constructora no termina la obra, según contrato debía haber finalizado el 04/08/12, falta la acometida eléctrica y los boletines de fontanería y electricidad, además de algún detalle de trabajos mal realizados. No se debe ninguna certificación, inclusive se han adelantado pagos de la retención prevista.
La no entrega de la obra en el plazo estipulado es causa de resolución por incumplimiento, si bien, habría que examinar los documentos referentes a la construcción (certificaciones, contratos…) especialmente la cláusula reguladora del plazo de entrega y atender a cuáles han sido los motivos que han llevado al retraso e igualmente si el retraso es imputable o no a la entidad conforme a una adecuada previsión o diligencia. Además el contrato podría contener cláusulas penales por el retraso en la entrega de las viviendas.
En definitiva, se podría requerir de forma fehaciente a la constructora solicitando el cumplimiento del contrato o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos pero reiteramos que, para dar una respuesta ajustada al caso sería necesario examinar la documentación existente.